Requisitos generales para vigilante de seguridad, su especialidad de vigilante
de explosivos y para escolta privado.
En la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en
cada una de las convocatorias, a que se refiere el punto 2.1 de las presentes, las
personas aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o
de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le
sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real
Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en
España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados
parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer
Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte
reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos
profesionales, o superiores.
d) Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real
Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre por el que se regula la acreditación de la aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de Seguridad
Privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o
privada.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
f) No haber sido condenado/a por intromisión ilegítima en el ámbito de protección
del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración
del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años
anteriores a la solicitud.
g) No haber sido sancionado/a en los dos o cuatro años anteriores,
respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
h) No haber sido separado/a del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los
dos años anteriores.
i) Poseer diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos
correspondientes en los centros de formación de Seguridad Privada
Requisitos específicos.
Además de los requisitos generales que se determinan en el apartado anterior, las
personas aspirantes a escolta privado habrán de tener una estatura mínima de 1,70
metros los hombres y 1,65 metros las mujeres.
A los efectos de determinar el rango de edad y las marcas correspondientes
establecidas en las pruebas de aptitud física para vigilante de seguridad y su
especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, reflejadas en el anexo II
(Tablas de función), la edad a tener en cuenta para realizar las pruebas, será la que
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13 Lunes 16 de enero de 2023 Sec. III. Pág. 5938 cve: BOE-A-2023-1073
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tuviera en la fecha de finalización del plazo de inscripción, en cada una de las
convocatorias a que se refiere el punto 2.1 de las bases de la convocatoria.
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